COTOS DE CAZA: ¿Cómo crear un coto de caza?

En este artículo vamos a enumerar y definir con todo detalle la documentación necesaria para crear un coto de caza desde cero. También hablaremos sobre los problemas más comunes, que pueden surgir durante la preparación de esta documentación y como abordarlos.

Tal como definíamos en nuestro anterior artículo, un Coto de Caza es “toda superficie continua de terreno no urbano susceptible de aprovechamiento cinegético conforme a un Plan de Ordenación Cinegética, que haya sido declarada y reconocida como tal mediante resolución del órgano provincial”.

Ahora bien, ¿cuál es la documentación que tenemos que aportar para crear un coto de caza desde cero?

Documentación necesaria para crear un coto de caza:

1.    Relación de parcelas catastrales que componen el coto de caza.

2.    Título de propiedad de estas parcelas que componen el coto o documento por el cual se adquieren, por parte del titular cinegético, los derechos cinegéticos de esas parcelas.

3.    Plan Técnico de Caza firmado por un técnico competente.

4.    Solicitud de aprobación del Plan Técnico de Caza.

5.    Resumen del Plan Técnico de Caza.

6.    Justificante de pago de las tasas correspondientes.

Estos seis documentos son los que hay que presentar en la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de tu Comunidad Autónoma para poder crear tu coto de caza. Como me imagino que puedes tener algunas dudas sobre que es cada documento, vamos a describirlos:

1. Relación de parcelas catastrales que integran el coto de caza:

Una tabla como esta, en la que se indica de cada parcela catastral el polígono y T.M. donde se ubica, la superficie y el titular catastral junto con su N.I.F.

2. Título de propiedad de estas parcelas que componen el coto o documento por el cual se adquiere por parte del titular cinegético los derechos cinegéticos de esas parcelas.

Para este punto nos extenderemos un poco más dado que puede haber distintas opciones:

Que toda la finca donde se creará el coto de caza sea de un mismo propietario.

En este caso tenemos tres opciones para acreditar la propiedad:

–       Copia de escritura pública por la cual se adquiere la propiedad de los terrenos.

–       Nota simple del Registro de la Propiedad de las fincas registrales que componen el coto. Registro de la Propiedad

–       Certificado catastral de las parcelas catastrales que componen el coto junto con una declaración jurada de que se es el propietario de estas parcelas. Catastro

Que la finca sea de más de un propietario.

En este caso habrá que aportar la documentación descrita arriba por la persona que vaya a ostentar la titularidad cinegética del coto de caza, junto con un documento de cesión de los derechos cinegéticos por cada uno del resto de propietarios que existan en los terrenos que integrarán el coto de caza.

3. Plan Técnico de Caza firmado por un técnico competente.

Un Plan Técnico de Caza o Plan de Ordenación Cinegética es un instrumento de gestión para aplicar a un determinado terreno con el objeto de asegurar el aprovechamiento sostenible de las especies cinegéticas compatible con la conservación de la diversidad biológica.

Este proyecto estará integrado por una Memoria descriptiva del entorno natural donde se instalará el coto de caza, así como de una planificación del aprovechamiento cinegético para los próximos cinco años.

Igualmente este proyecto contendrá los planos del coto de caza. Como mínimo habrá que incluir un plano de situación a escala 1:50.000 y un plano de detalle sobre ortofoto del perímetro del coto de caza.

4. Solicitud de aprobación del Plan Técnico de Caza.

Esta es la solicitud que tiene que tiene cada Comunidad Autónoma en la cual hay que rellenar los datos del titular cinegético, nombre y superficie del coto, aprovechamiento principal, etc.

5. Resumen del Plan Técnico de Caza.

Documento propio de cada Comunidad Autónoma consistente en un anexo compuesto por diferentes tablas y formularios en el cual describimos de forma detallada y precisa las principales características que tendrá el coto de caza.

6. Justificante de pago de las tasas correspondientes.

Para la creación del coto de caza habrá que pagar unas tasas que varían según la Comunidad Autónoma, la superficie del coto, si es de régimen de aprovechamiento intensivo, si dispone de un cerramiento cinegético, etc.

Una vez que hemos definido la documentación necesaria para crear un coto de caza me gustaría indicarte, según mi trayectoria profesional, cuál es la fase más difícil a la hora de recopilar toda esta documentación.

Sin lugar a duda, los puntos 1 y 2, es decir, todo lo relacionado con la consolidación de la superficie, parcelas catastrales, título de propiedad y derechos cinegéticos.

Si estás interesado en saber con más detalle en qué consisten estos problemas que pueden surgir y sobre todo, como abordarlos, te espero en el siguiente artículo en el que nos centraremos exclusivamente en este aspecto.

MÁS INFORMACIÓN

Por último, si tienes cualquier duda o experiencia relacionada con la creación de un coto de caza que te gustaría compartir te animo a dejar un comentario, estaré encantado de poder leerte.

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