COTOS DE CAZA: Señalización de cotos de caza

¿Tienes correctamente señalizado tu coto de caza? Atento a este artículo para conocer todos los detalles sobre la señalización de los cotos de caza. Hablaremos sobre los tipos de señales que existen, material, dimensiones, colocación, distancias entre las tablillas y sanciones por no cumplir la normativa en materia de señalización de cotos de caza. ¡Vamos allá!

Señalización del perímetro del coto

Los terrenos cinegéticos deberán estar señalizados en todo su perímetro exterior e incluso interior si existen enclavados, colocándose las señales de tal forma que su leyenda o distintivo sea visible desde el exterior del terreno señalizado y que un observador situado en una de ellas tenga al alcance de su vista las dos más inmediatas, sin que la separación de carteles contiguos exceda de 100 metros.

Cuando medien circunstancias topográficas u orográficas especiales, la Delegación Provincial, a petición de la parte interesada, podrá autorizar la colocación de carteles cuya separación entre sí no se ajuste a lo anteriormente dispuesto, siempre y cuando tal alteración no sea contraria a la correcta señalización de los terrenos y la distancia entre carteles contiguos no exceda de 200 metros.

Igualmente, se podrán pintar en rocas, muros, mojones, etc., en letras mayúsculas, de cualquier color que contraste con el del fondo, y cuyas dimensiones mínimas sean de 15 centímetros de altura y 3 centímetros de grosor.

Tipos de señales

Señales de primer orden

Serán colocadas necesariamente en la intersección del perímetro del coto con los caminos, vías públicas y terrenos de dominio público y en cuantos puntos intermedios del perímetro sean necesarios para que la distancia entre dos de ellas no sea superior a 600 metros.

Señales de segundo orden

Se colocarán entre las señales de primer orden y a una distancia máxima de 100 metros. Igualmente se colocarán, y a la misma distancia referida, flanqueando las carreteras.

Placas de área de reserva

La distancia de colocación entre señales no debe exceder los 100 metros.

Zona para adiestramiento de perros

Al igual que en las Zonas de Reserva, la distancia de colocación deberá ser inferior a los 100 metros.

Coto intensivo de caza

En aquellos cotos privados de caza o zonas de los mismos que, de acuerdo con su plan técnico de caza, tengan la consideración de intensivos, las señales de primer orden se acompañarán en su parte inferior de otra señal con las siguientes características: 15×50 cm, letras negras sobre fondo blanco y leyenda “COTO INTENSIVO DE CAZA”.

Resto de señalización

Existen otros tipos de señales además de los indicados anteriormente como son los siguientes:

COTO SOCIAL DE CAZA

REFUGIO DE CAZA

VEDADO DE CAZA

RESERVA NACIONAL DE CAZA

Características de las señales

Para las señales de primer orden, zona para adiestramiento de perros, coto intensivo de caza y resto de señalización:

  • Material: será cualquiera que garantice su adecuada conservación y rigidez.
  • Dimensiones: 33 por 50 centímetros, con un margen de tolerancia del 10 por 100 en cada dimensión.
  • Altura: La altura desde el suelo al borde inferior será de entre 1,50 y 2,50 metros.
  • Letras: letras negras (de 8 cm de alto y 1 cm de ancho) sobre fondo blanco. En los carteles de coto privado de caza se colocará en la esquina inferior derecha una chapa de matrícula de metal, que medirá 3×13 cm y tendrá los números grabados.

Para las señales de segundo orden:

  • Material: será cualquiera que garantice su adecuada conservación y rigidez.
  • Dimensiones: 20 por 30 centímetros.
  • Altura: La altura desde el suelo al borde inferior será entre 1,50 y 2,50 metros.
  • Fondo: En diagonal parte superior derecha en blanco y la otra en negro.

Para las señales de Área de Reserva:

  • Material: cualquiera que garantice su adecuada conservación y rigidez.
  • Dimensiones: cuadrado de 20 centímetros de lado.
  • Altura: La altura desde el suelo al borde inferior será entre 1,50 y 2,50 metros.
  • Color: negro, con un círculo blanco inscrito.
  • Leyenda: sin leyenda. De forma optativa podrá figurar la expresión “ZONA DE RESERVA”.

Sanciones por incumplir la normativa referida a la señalización de cotos de caza

Según la legislación cinegética vigente, el no tener correctamente señalizado un coto de caza se considerará una infracción grave con una multa de 601 a 6.000€.

Como habrás podido observar, es primordial tener la certeza de que tu coto de caza está correctamente señalizado, para ello debes de tener en cuenta todo lo dicho anteriormente en este artículo. Por supuesto, si tienes cualquier duda quedo a tu entera disposición para resolverla así como si lo deseas podemos realizar un plano de tu coto como el que te mostramos a continuación en el que se muestre como debería estar señalizado tu coto para cumplir con la normativa.

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